Condiciones para determinar la situación de promoción, permanencia o recuperación pedagógica para la EB

Mediante la Resolución Viceministerial N° 025-2019-MINEDU; publicado el 10 de febrero de 2019, se resuelve:

Aprobar la Norma técnica denominada «Disposiciones que orientan el proceso de la evaluación de los aprendizajes de los estudiantes de las instituciones y programas educativas de la Educación Básica, en su numeral 7.2 de las disposiciones generales dice:

7.2 Condiciones para determinar la situación de promoción, permanencia o recuperación pedagógica para la EB

Al finalizar un periodo lectivo, los estudiantes pueden alcanzar alguna de las siguientes situaciones: promovido de grado o edad, requiere recuperación pedagógica y permanece en el grado. A continuación, se describen cada una de las situaciones finales de los estudiantes al término del periodo lectivo:

a. Promovido de grado o edad: Si el estudiante alcanzó las condiciones establecidas, para pasar al grado o grupo etario inmediato superior.       

b. Requiere recuperación pedagógica: Cuando el estudiante muestra progreso que todavía requiere acompañamiento para alcanzar el nivel de Logro esperado. En el caso de la modalidad de EBE, no aplica la recuperación pedagógica.

c. Permanece en el grado: Si el estudiante no alcanzó las condiciones exigidas para ser promovido o pasar al programa de recuperación.            

A continuación, se presentan las condiciones para determinar la promoción recuperación pedagógica y permanencia en la EBR, EBAy EBE:

Consideraciones:

a. En Educación Inicial, todas las niñas y niños son promovidos de manera automática a la edad o ciclo siguiente. Las niñas y niños que no hayan cursado estudios de educación inicial podrán acceder al primer grado de educación primaria siempre que tengan la edad requerida, de acuerdo con las disposiciones vigentes

b. En el caso del estudiante con NEE asociadas a discapacidad se debe anexar un informe adicional, en el que se describa las adaptaciones curriculares efectuadas y las recomendaciones para fortalecer los aprendizajes desarrollados en el período lectivo

c En el caso de tas IIEE EIB (registradas como tales hasta el primer mes del año), se cuenta con las áreas de Comunicación en Lengua materna ¡lengua originaria o castellano) y Segunda Lengua (castellano o lengua originaria) respectivamente, según las formas de atención pedagógicas del Modelo de Servicio Educativo Intercultural Bilingüe,

d. En Educación Secundaria de EBR, el área o taller en la que persiste el calificativo «C» (En Inicia), debe ser recuperada en el programa de recuperación durante el siguiente periodo lectivo.

Descargar Resolución Viceministerial N° 025-2019-MINEDU