Orientaciones para el desarrollo del año escolar 2018


Mediante Resolución Ministerial N° 657-2017-MINEDU, publicada hoy en el diario oficial el peruano, aprobaron las “orientaciones para el desarrollo del año escolar 2018 en instituciones educativas y programas educativos de la educación básica”, las mismas que como anexo forman parte integrante de la presente resolución, cuya finalidad es brindar orientaciones y disposiciones para el desarrollo del año escolar 2018 en las instituciones educativas (II.EE.) y programas educativos de la educación básica, en concordancia con los objetivos y metas del sector educación.
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6. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS PARA EL DESARROLLO PEDAGÓGICO

En este apartado se contemplan las actividades de gestión de la práctica pedagógica para el desarrollo de los aprendizajes en las II. EE. y programas educativos de la educación básica.

6.1 Aplicación del Diseño Curricular Nacional 2009 (Modifi catoria R. M. N.° 199-2015-Minedu)
a. En las II. EE. de nivel inicial, primaria multigrado y unidocentes de EBR; se continuará aplicando el
Diseño Curricular Nacional 2009, con las modifi caciones propuestas según la R. M. N.° 199-2015-Minedu.
1. Para el caso de las instituciones educativas organizadas en redes educativas que cuenten con director de red, el seguimiento al avance de los CGE y a la implementación de las prácticas clave será liderado por dicho director.
2. Para el caso de las instituciones educativas unidocentes que no estén organizadas en redes educativas con director de red, la práctica 4 del cuarto CGE no aplica mientras las prácticas 1 y 5, del mismo CGE, puedan realizarse de forma individual o en coordinación con docentes de otras instituciones educativas.
b. Para las II. EE. de secundaria de jornada escolar regular se implementa el Diseño Curricular Nacional 2009 modifi cado por R. M. N.° 199-2015-Minedu.
c. Para las II. EE. de secundaria de jornada escolar completa se implementa el plan de estudios según la R. M. N.° 451-2014-Minedu.
d. En las II. EE. de inicial, primaria y secundaria EIB, así como en las II. EE. de inicial y primaria de EBE, se
continuará aplicando el Diseño Curricular Nacional 2009, con las modifi caciones que sean pertinentes, según la R. M. N.° 199-2015-Minedu.

6.2 Implementación y aplicación del Currículo Nacional de la Educación Básica (CNEB) a. En el nivel inicial se desarrolla un Plan Piloto del CNEB en las II. EE. focalizadas del ámbito urbano. El listado se publicará oportunamente en el portal institucional del Minedu.
• Las 30 horas obligatorias establecidas se distribuyen de acuerdo con el desarrollo de los programas curriculares de las instituciones educativas y programas educativos. El uso del tiempo debe ser fl exible para que cada niño pueda aprender y así se sienta respetado en su ritmo y necesidades de desarrollo. En ese sentido, no se incluye una organización curricular con una carga horaria defi nida. Asimismo, las áreas curriculares se trabajan de manera integrada, a través del desarrollo de las diferentes actividades durante la jornada diaria.
• En el ciclo I se tiene en cuenta una organización fl exible del tiempo para atender las necesidades de cuidado, promover la actividad autónoma y el juego espontáneo de acuerdo con los ritmos, intereses y potencialidades de cada niño.
• En el ciclo II se considera en la organización del tiempo los momentos de juego libre en sectores, las
actividades permanentes y el desarrollo de la unidad didáctica, los cuales se organizan de acuerdo con el ritmo, intereses y potencialidades del grupo de niños...